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NUEVAS MEDIDAS JUNTA DE ANDALUCÍA PARA GRANADA (GRADO 2)

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09/11/2020 09:50 - 23/11/2020 09:50
ℹNuevas Medidas Juntas de Andalucía para Granada (Grado 2️⃣)
🔸️Medidas del grado 2, recogidas en el artículo 4 del BOJA, que serán aplicables a toda la provincia de Granada a partir de la medianoche de hoy, lunes ( 00:00 horas del día 10 de noviembre) y durante 15 días, (hasta el 24 de noviembre).
1. Las medidas de salud pública para el grado 2 son las siguientes:
🔰a) Se suspende la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales definidos en los artículos 22 y siguientes del Decreto legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Comercio Interior de Andalucía, así como el resto de establecimientos comerciales, con las siguientes excepciones:
▶️Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes
de primera necesidad, centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados de abastos, productos higiénicos, servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías, peluquerías, así como estas
mismas actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos.
🔰b) Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y
centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional, que se regirá por la normativa y protocolos específicos aplicables a aquélla. Se suspende temporalmente la celebración de competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados, a excepción de las categorías de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.
🔰c) Se suspenden todas las actividades de restauración, tanto en interiores como en
terrazas. Se exceptúan de esta suspensión:
1.º Los servicios de entrega a domicilio. Igualmente los servicios de entrega de comida de carácter social o benéfico.
2.º Los restaurantes de los establecimientos de alojamiento turístico, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes.
3.º Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor
de carácter social.
4.º Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior, y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
5.º Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de
combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción,
el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
🔰d) Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo
circunstancias individuales en las que sea necesario la aplicación de medidas adicionales de cuidados, humanización y final de la vida. Se garantizará por la dirección del centro el contacto entre los residentes y los familiares a través de videoconferencias, llamadas
telefónicas, o cualquier otro medio que facilite el contacto.
🔰e) Se suspende la celebración de manera presencial de congresos, conferencias, reuniones de negocios, reuniones profesionales, seminarios, reuniones de comunidades de propietarios y eventos similares.
🔰f) Se suspende la celebración con carácter presencial de espectáculos públicos,
actividades recreativas y culturales.
🔰g) Se suspende la actividad en todos los establecimientos de juegos recreativos o de azar.
🔰h) Se suspende la apertura al público de museos, cines, teatros, y en general de todos aquellos establecimientos o actividades en general cuyo fin sea el esparcimiento, ocio, recreo o diversión. Sin perjuicio de lo anterior, se permitirá la realización de actividades, obras o espectáculos de carácter cultural y su grabación, para su difusión a través de
cualquier medio audiovisual o digital, respetando las medidas de higiene y prevención en el ámbito de la cultura.
🔰i) Se suspende la apertura de peñas, asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o establecimientos similares.
Se excepcionan de la medida de cierre aquellos que realicen labores de entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
❗❗2. Todas las demás actividades o servicios no recogidos en el apartado anterior
seguirán prestándose conforme a lo establecido en la Orden de 29 de octubre de 2020.
➡️➡️➡️Continúa el cierre perimetral de la comunidad autónoma y de todos los municipios de Andalucía.
➡️➡️➡️ Las restricciones de movilidad nocturna serán de 22.00h a 7.00h.
Desde el Ayuntamiento de los Pueblos de Moclín continuaremos informando de cuantas medidas de adopten o modifiquen por parte de las autoridades sanitarias.