![ℹ](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t8e/1/16/2139.png)
![2️⃣](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t99/1/16/32_20e3.png)
![🔸️](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t72/1/16/1f538.png)
1. Las medidas de salud pública para el grado 2 son las siguientes:
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
![▶️](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t40/1/16/25b6.png)
de primera necesidad, centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados de abastos, productos higiénicos, servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías, peluquerías, así como estas
mismas actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos.
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional, que se regirá por la normativa y protocolos específicos aplicables a aquélla. Se suspende temporalmente la celebración de competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados, a excepción de las categorías de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
terrazas. Se exceptúan de esta suspensión:
1.º Los servicios de entrega a domicilio. Igualmente los servicios de entrega de comida de carácter social o benéfico.
2.º Los restaurantes de los establecimientos de alojamiento turístico, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes.
3.º Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor
de carácter social.
4.º Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior, y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
5.º Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de
combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción,
el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
circunstancias individuales en las que sea necesario la aplicación de medidas adicionales de cuidados, humanización y final de la vida. Se garantizará por la dirección del centro el contacto entre los residentes y los familiares a través de videoconferencias, llamadas
telefónicas, o cualquier otro medio que facilite el contacto.
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
actividades recreativas y culturales.
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
cualquier medio audiovisual o digital, respetando las medidas de higiene y prevención en el ámbito de la cultura.
![🔰](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t6a/1/16/1f530.png)
Se excepcionan de la medida de cierre aquellos que realicen labores de entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
![❗](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t50/1/16/2757.png)
![❗](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t50/1/16/2757.png)
seguirán prestándose conforme a lo establecido en la Orden de 29 de octubre de 2020.
![➡️](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t9e/1/16/27a1.png)
![➡️](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t9e/1/16/27a1.png)
![➡️](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t9e/1/16/27a1.png)
![➡️](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t9e/1/16/27a1.png)
![➡️](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t9e/1/16/27a1.png)
![➡️](https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t9e/1/16/27a1.png)
Desde el Ayuntamiento de los Pueblos de Moclín continuaremos informando de cuantas medidas de adopten o modifiquen por parte de las autoridades sanitarias.